Precario
Tenencia de inmueble sin título eficaz que permita exigir continuar frente a quien ostenta mejor derecho a poseer; puede derivar de una cesión gratuita o de otra situación sin derecho vigente.
QUÉ SIGNIFICA
En el precario el ocupante permanece en el inmueble sin una relación jurídica que justifique su tenencia frente al reclamante con derecho a poseer. Es frecuente cuando un familiar tolera gratuitamente el uso de una casa y después reclama su devolución. También pueden plantearse controversias de precario una vez extinguido un título, pero no basta llamar «precario» a una ocupación: hay que estudiar el origen de la posesión, el contrato, las autorizaciones y cualquier derecho opuesto por quien ocupa. El término describe una situación sustantiva; el juicio para recuperarla es el desahucio por precario (LEC 250.1.2.º).
QUÉ NO ES / NO CONFUNDIR
No es sinónimo de allanamiento, usurpación, arrendamiento vencido ni mera posesión ajena.
CUÁNDO APARECE / CÓMO SE USA
Determinar qué pruebas conservar sobre entrega, gratuidad, requerimientos y motivo por el que se considera extinguido o inexistente el título.
POR QUÉ TE IMPORTA
Permite decidir si exigir entrega voluntaria, negociar un plazo de salida o promover la acción de recuperación adecuada; confundir una cesión gratuita con un alquiler puede conducir a una demanda equivocada.
EJEMPLO PRÁCTICO
Una tía deja vivir a su sobrino gratuitamente en un piso, sin pactar plazo ni transmitir derecho de uso. Al pedirle la devolución y negarse, habrá que valorar si su tenencia encaja en precario y qué prueba existe de la autorización y su finalización.
DEPENDE DE
Del origen y duración de la cesión, existencia de precio, consentimiento, posibles títulos oponibles, legitimación de quien reclama y normativa procesal aplicable.
ERRORES FRECUENTES
Suponer que cualquier ocupante no propietario es precarista; mezclar precario con desahucio por impago; cambiar cerraduras en lugar de acudir a vías legales.
OJO CON ESTO
No presupone delito, desalojo inmediato ni inexistencia de toda defensa. Si hay arrendamiento, comodato con plazo/uso determinado, derecho familiar o situación administrativa especial, la calificación puede cambiar.
