ComprarVenderLegalCompraventa y contratación

Traducción jurada

Traducción oficial realizada y certificada por un Traductor/a Jurado/a habilitado, utilizable ante órganos judiciales y administrativos españoles en los términos de la normativa aplicable.

ÁmbitoEspaña · marco general; revisar normativa y caso concreto Revisado6 de octubre de 2026

QUÉ SIGNIFICA

El Ministerio de Asuntos Exteriores mantiene el régimen de Traductores e Intérpretes Jurados y señala que sus traducciones tienen carácter oficial. El profesional certifica la fidelidad y exactitud mediante la fórmula, firma y requisitos reglamentarios; existe también regulación del uso de firma electrónica.

En inmobiliario puede ser necesaria para poderes, certificados, documentos societarios, estados civiles u otros documentos en lengua extranjera. Traducción, apostilla y legalización son pasos distintos: según el origen y destino del documento pueden ser necesarios uno, varios o ninguno, y el orden de los trámites importa.

QUÉ NO ES / NO CONFUNDIR

No certifica que el contenido material del documento sea verdadero ni sustituye su apostilla/legalización cuando ésta sea exigible.

CUÁNDO APARECE / CÓMO SE USA

Documentos extranjeros en compraventas, poderes, herencias, sociedades y financiación.

REQUISITOS / REGLAS

Comprobar qué documento necesita traducirse, si antes debe apostillarse/legalizarse y que el profesional esté habilitado para el idioma correspondiente.

DOCUMENTACIÓN / CÓMO SE ACREDITA

Documento fuente y traducción certificada conforme a los requisitos del traductor/intérprete jurado.

EFECTOS / CONSECUENCIAS

Aporta una versión lingüística con carácter oficial para su presentación ante órganos judiciales y administrativos españoles.

DIFERENCIAS CON CONCEPTOS PRÓXIMOS

Traducción jurada = fidelidad lingüística oficial; apostilla/legalización = autenticidad formal del documento/firma; interpretación jurada = actuación oral oficial.

POR QUÉ TE IMPORTA

Porque presentar una traducción privada cuando se exige traducción oficial puede bloquear notaría, Registro, banco o Administración.

EJEMPLO PRÁCTICO

Una sociedad extranjera aporta un certificado registral en otro idioma para vender. Si el destinatario exige versión oficial en español, se encarga a un traductor jurado habilitado.

DEPENDE DE

Del idioma, documento, autoridad destinataria, existencia de exenciones y reglas de apostilla/legalización aplicables.

ERRORES FRECUENTES

Traducir primero una copia incompleta; confundir apostilla con traducción; o contratar a un traductor no habilitado cuando se exige carácter oficial.

OJO CON ESTO

No toda traducción profesional es jurada y una traducción jurada no autentica por sí misma el documento original.

Volver al diccionarioInformación general. En cuestiones legales, fiscales o técnicas, el resultado puede depender del caso concreto.