IPREM
Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples: referencia legal para ciertos requisitos económicos, límites de ingresos y cuantías de ayudas, distinta del salario mínimo.
QUÉ SIGNIFICA
El IPREM es un índice creado por el art. 2 del RDL 3/2004 para sustituir al salario mínimo interprofesional en determinadas referencias públicas. Su importe se determina por la normativa presupuestaria correspondiente; hay magnitudes diaria, mensual y anual y la norma que concede cada ayuda decide cuál se emplea y cómo computa los ingresos, pagas y unidad de convivencia. Un requisito de 3 veces el IPREM solo adquiere valor numérico cuando se fija el ejercicio de referencia y la base de cálculo. Las comunidades autónomas pueden utilizar referencias propias dentro de sus competencias, por lo que no debe presumirse que todo programa de vivienda utiliza IPREM ni que lo hace con idéntico divisor.
QUÉ NO ES / NO CONFUNDIR
No es el SMI, ni una ayuda económica, ni determina por sí solo el derecho de acceso a vivienda protegida o a una subvención.
CUÁNDO APARECE / CÓMO SE USA
Anotar año del IPREM, importe oficial, multiplicador, unidad de referencia y método de cómputo para justificar elegibilidad en el programa concreto.
DOCUMENTACIÓN / CÓMO SE ACREDITA
Bases de convocatoria, tabla oficial del IPREM para el ejercicio aplicable, declaración fiscal o certificados de ingresos y acreditación de miembros de unidad de convivencia.
POR QUÉ TE IMPORTA
La diferencia entre IPREM mensual, anual y base de cómputo, sumada al año aplicable, puede cambiar si un hogar cumple o no el límite de ingresos de una convocatoria.
EJEMPLO PRÁCTICO
Un programa exige ingresos de hasta tres veces el IPREM anual: para verificar la elegibilidad hay que consultar el importe del ejercicio indicado y comprobar qué ingresos de la unidad de convivencia computa.
DEPENDE DE
Ejercicio presupuestario, norma del programa, mensualidad o anualidad elegida, reglas de cómputo de ingresos, unidad de convivencia e indicadores autonómicos alternativos.
ERRORES FRECUENTES
Usar IPREM de otro ejercicio; tomarlo como sueldo mínimo; mezclar pagas; confundir ingresos netos con la magnitud fiscal que exige la convocatoria.
OJO CON ESTO
No equiparar IPREM a SMI ni utilizar una cifra de un año anterior como valor vigente. Tampoco multiplicar sin confirmar si las bases o convocatoria contemplan 12 o 14 pagas.
