Bonificación fiscal
Beneficio fiscal que reduce la cuota en los términos y con los requisitos previstos por la norma que lo establece.
QUÉ SIGNIFICA
“Bonificación” no es un descuento genérico negociable ni sinónimo universal de exención o deducción. En la mecánica tributaria, las bonificaciones aplicables pueden minorar la cuota íntegra para obtener la cuota líquida, pero su existencia, porcentaje, límites y requisitos dependen de cada impuesto y, cuando hay competencia territorial, de la normativa autonómica o local.
POR QUÉ TE IMPORTA
Aplicar una bonificación inexistente, caducada o territorialmente incorrecta puede provocar una autoliquidación insuficiente, intereses y eventualmente sanciones.
EJEMPLO PRÁCTICO
Un ayuntamiento puede prever una bonificación de IBI dentro de los supuestos habilitados por la ley; que exista en un municipio no permite asumirla en otro.
DEPENDE DE
Del impuesto, norma habilitante, territorio, fecha de devengo y circunstancias subjetivas u objetivas exigidas.
OJO CON ESTO
No uses “bonificación” como sinónimo de exención, reducción de base o deducción. Comprueba norma, territorio, fecha y requisitos.
