Sociedad de gananciales
Régimen económico matrimonial que hace comunes determinadas ganancias y adquisiciones conforme al derecho aplicable.
QUÉ SIGNIFICA
En el Código Civil común conviven bienes gananciales y privativos; no todo pasa a ser común por casarse. Para una vivienda deben revisarse la fecha y el título de adquisición, el origen de los fondos y las reglas especiales. No se presume un régimen idéntico en todos los territorios.
¿Todo se reparte automáticamente por mitad?
No. Debe distinguirse qué integra el patrimonio ganancial, qué es privativo y cómo se liquida conforme al régimen aplicable.
POR QUÉ TE IMPORTA
Ayuda a identificar quién debe intervenir y qué patrimonio se transmite al vender.
EJEMPLO PRÁCTICO
Una persona tenía un piso antes de casarse y después ambos contribuyen a ciertos pagos. La calificación del inmueble y los posibles reembolsos requieren analizar cómo y cuándo se adquirió.
DEPENDE DE
Vecindad civil, capitulaciones, título, fondos y posibles derechos de reembolso.
OJO CON ESTO
Pagar gastos de una vivienda no permite deducir sin más una cuota de propiedad.
