Incumplimiento contractual
Falta de ejecución exacta, íntegra o tempestiva de una obligación contractual imputable en los términos relevantes para el contrato y la ley.
QUÉ SIGNIFICA
No todo problema equivale automáticamente a incumplimiento resolutorio. Hay que identificar qué obligación existía, cuándo era exigible, cómo debía cumplirse, si hubo mora, imposibilidad, cumplimiento defectuoso o causa justificativa y qué remedio corresponde.
En obligaciones recíprocas, el artículo 1124 reconoce al perjudicado la posibilidad de escoger entre cumplimiento y resolución, con daños e intereses cuando procedan; en compraventa inmobiliaria existen además reglas específicas, como el artículo 1504 para determinados impagos del precio.
QUÉ NO ES / NO CONFUNDIR
No todo retraso o defecto permite resolver el contrato de inmediato.
CUÁNDO APARECE / CÓMO SE USA
Analizar fallos de pago, entrega, cargas, documentación, plazos o condiciones pactadas.
REQUISITOS / REGLAS
Partir siempre de la cláusula concreta, exigibilidad, gravedad y prueba del incumplimiento; comprobar reglas especiales antes de aplicar la regla general.
DOCUMENTACIÓN / CÓMO SE ACREDITA
Contrato, requerimientos, comunicaciones, justificantes de pago y prueba del hecho incumplido.
EFECTOS / CONSECUENCIAS
Puede dar lugar a cumplimiento, resolución, pena, daños, intereses u otros remedios según el caso.
DIFERENCIAS CON CONCEPTOS PRÓXIMOS
Incumplimiento = hecho; resolución = remedio extintivo; rescisión = figura legal distinta; desistimiento = salida permitida por ley/pacto.
POR QUÉ TE IMPORTA
Porque determina si cabe exigir cumplimiento, resolución, daños u otros remedios y no toda desviación contractual tiene la misma gravedad.
EJEMPLO PRÁCTICO
El vendedor no entrega en la fecha esencial pactada o el comprador no paga un tramo del precio en la fecha debida.
DEPENDE DE
De la obligación incumplida, gravedad, carácter esencial, posibilidad de subsanación, mora, pactos y prueba del daño.
ERRORES FRECUENTES
Usar “incumplimiento” como sinónimo automático de resolución o pérdida de cualquier cantidad entregada.
OJO CON ESTO
No todo incumplimiento permite resolver automáticamente el contrato; hay que analizar la gravedad y el régimen aplicable.
