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Pago a cuenta

Pago parcial que se imputa al precio total de la operación y reduce la cantidad pendiente.

ÁmbitoEspaña · marco general; revisar normativa y caso concreto Revisado6 de octubre de 2026

QUÉ SIGNIFICA

La expresión “a cuenta del precio” indica normalmente que la suma entregada forma parte del precio de compraventa. No determina por sí sola si existe además una cláusula penal o un régimen de arras.

En operaciones con varios pagos conviene construir una trazabilidad completa: precio, importes ya abonados, destinatario, fecha, medio de pago y saldo final.

QUÉ NO ES / NO CONFUNDIR

No equivale automáticamente a arras penitenciales ni a depósito neutral.

CUÁNDO APARECE / CÓMO SE USA

Reservas, contratos privados, promociones y compraventas con pagos escalonados.

REQUISITOS / REGLAS

Cada pago debe quedar identificado y conciliado con el precio pactado.

CÁLCULO / INTERPRETACIÓN

Saldo pendiente = precio total − pagos a cuenta imputables − otros ajustes expresamente pactados.

DOCUMENTACIÓN / CÓMO SE ACREDITA

Contrato, anexos, recibos y extractos bancarios.

EFECTOS / CONSECUENCIAS

Extingue parcialmente la obligación de pago en la medida correctamente imputada.

DIFERENCIAS CON CONCEPTOS PRÓXIMOS

Pago a cuenta = parte del precio; señal = término genérico; prima de opción = contraprestación por una opción cuando se pacta así.

POR QUÉ TE IMPORTA

Porque reduce el saldo pendiente del precio cuando realmente tiene esa función y debe diferenciarse de arras, prima o depósito.

EJEMPLO PRÁCTICO

Tras firmar contrato privado, el comprador entrega 20.000 € expresamente imputables al precio de 300.000 €, quedando 280.000 € pendientes.

DEPENDE DE

De la función que las partes atribuyeron a la cantidad, del documento y de si coexiste con arras u otras garantías.

ERRORES FRECUENTES

Perder la trazabilidad de quién recibió cada cantidad o duplicar su descuento en escritura.

OJO CON ESTO

Que se entregue dinero antes de escritura no significa que sean arras penitenciales: la función debe resultar del pacto.

Volver al diccionarioInformación general. En cuestiones legales, fiscales o técnicas, el resultado puede depender del caso concreto.