Certificación de obra
Documento técnico-económico que acredita o cuantifica obra ejecutada, normalmente por unidades y períodos, para control, pago o liquidación según contrato y dirección facultativa.
QUÉ SIGNIFICA
En edificación, las certificaciones parciales reflejan unidades realmente ejecutadas y su valoración conforme al sistema contractual. La LOE atribuye al director de obra la conformidad de las certificaciones parciales y de la liquidación final, y al director de ejecución su elaboración y suscripción en el ámbito de sus funciones. No es lo mismo que el certificado final de obra, que acredita la terminación en los términos técnicos correspondientes.
POR QUÉ TE IMPORTA
Puede determinar pagos al constructor, avance certificado, financiación por disposiciones y liquidación de desviaciones; una certificación no debe confundirse con una factura ni con una recepción definitiva.
EJEMPLO PRÁCTICO
Si una partida de estructura está ejecutada al 60 %, la certificación del período puede recoger la medición aprobada y su valoración; el pago dependerá además del contrato, retenciones, impuestos y demás condiciones pactadas.
DEPENDE DE
Del contrato, mediciones, precios unitarios o sistema de valoración, modificaciones aprobadas, unidades realmente ejecutadas y validación de la dirección facultativa.
OJO CON ESTO
Certificar una cantidad de obra no significa aceptar sin reservas toda la obra ni afirmar que el edificio está terminado. “Certificación de obra”, “certificado final” y “acta de recepción” tienen funciones distintas.
SUBCONCEPTOS
Certificación parcial
Valoración periódica de unidades de obra ejecutadas y admitidas para control económico o pago según contrato.
Liquidación final de obra
Valoración final de las unidades ejecutadas y ajustes que corresponden al cierre económico de la obra, distinta del certificado final de obra.
