Conceptos del seguro
Vocabulario del contrato de seguro que identifica quién contrata, qué riesgo queda cubierto, por cuánto capital y en qué condiciones se indemniza.
QUÉ SIGNIFICA
En una póliza, el tomador contrata y normalmente debe pagar la prima; asegurado es quien tiene el interés protegido y beneficiario quien recibe una prestación cuando corresponda. Riesgo es el evento incierto definido en el contrato; siniestro, su materialización cubierta. La suma asegurada marca el límite pactado y no equivale siempre a la indemnización: importan el daño probado, la valoración, la franquicia, los límites, las exclusiones y, si procede, el infraseguro. Las cláusulas delimitadoras concretan qué se asegura; las limitativas de derechos están sujetas a las exigencias del art. 3 de la Ley de Contrato de Seguro. No deben confundirse continente, contenido, valor de reconstrucción y valor de mercado.
QUÉ NO ES / NO CONFUNDIR
No es un contrato único ni un catálogo de coberturas automáticas: cada modalidad y póliza tiene obligaciones y límites propios.
CUÁNDO APARECE / CÓMO SE USA
Identificar aseguradora, tomador, asegurado, beneficiario, objeto, riesgos, sumas, franquicias y procedimiento de reclamación antes de contratar.
DOCUMENTACIÓN / CÓMO SE ACREDITA
Propuesta, condiciones generales y particulares, documentos de información del producto, justificante de prima, suplementos, inventario valorado y partes de siniestro.
POR QUÉ TE IMPORTA
Permite comparar ofertas por riesgos, capitales, franquicias y exclusiones reales, en vez de decidir solo por el precio anual o por el nombre comercial del seguro.
EJEMPLO PRÁCTICO
Dos pólizas de hogar anuncian 200.000 € de continente; una aplica una franquicia a daños por agua y la otra establece un sublímite de localización de averías. No ofrecen necesariamente la misma prestación.
DEPENDE DE
Interés y riesgo asegurados, declaraciones del tomador, alcance de condiciones particulares y generales, carencias, franquicias, capitales, prima y fecha del siniestro.
ERRORES FRECUENTES
Confundir capital máximo con pago garantizado; equiparar valor de compraventa con valor de reconstrucción; ignorar exclusiones; tratar toda franquicia como una prima.
OJO CON ESTO
Una suma asegurada elevada no convierte en cubiertos los siniestros expresamente excluidos; y una cláusula limitativa no se valida solo por figurar escondida entre condiciones generales.
SUBCONCEPTOS
Franquicia
Parte de la pérdida cubierta que queda a cargo del asegurado por cada siniestro, según su fórmula y límites en póliza.
Siniestro
Materialización de un riesgo previsto en la póliza, cuya cobertura exige comprobar fecha, causa, daño y exclusiones.
Peritación
Evaluación técnica de causa, alcance y valoración del daño; el informe pericial puede discutirse por las vías legales.
Perito
Profesional que valora técnicamente daños y circunstancias de un siniestro; su dictamen no sustituye por sí solo las condiciones del contrato.
Sobreseguro
Situación en la que la suma asegurada supera notablemente el interés; no da derecho a lucrarse con el daño (art. 31 LCS).
Capital asegurado
Suma fijada en póliza como referencia y, en general, máximo indemnizable por siniestro para el riesgo asegurado (art. 27 LCS).
Valor a nuevo
Criterio de indemnización pactado para reposición o reconstrucción nueva, sujeto a límites, condiciones y antigüedad cuando proceda.
Valor real
Valor del interés asegurado teniendo en cuenta el criterio aplicable al daño y, si procede, uso y depreciación; no es sinónimo de precio de venta.
