LegalInversiónUrbanismo, suelo y planeamiento

Expropiación

Privación singular y forzosa de bienes o derechos por causa de utilidad pública o interés social, mediante el procedimiento legal y la correspondiente indemnización.

ÁmbitoEspaña · Ley de Expropiación Forzosa y especialidades urbanísticas estatales/territoriales Revisado7 de octubre de 2026

QUÉ SIGNIFICA

La expropiación forzosa es una institución de Derecho público distinta de las cesiones urbanísticas o de la reparcelación. La Ley de Expropiación Forzosa establece su marco general, y el TRLSRU contiene especialidades para expropiaciones por razón de la ordenación territorial y urbanística.

QUÉ NO ES / NO CONFUNDIR

No equivale a reparcelación ni a cesión legal obligatoria de terrenos.

POR QUÉ TE IMPORTA

Afecta directamente a propiedad, valoración, ocupación y derechos de impugnación; no debe confundirse con otras cargas o mecanismos de ejecución urbanística.

EJEMPLO PRÁCTICO

Un terreno necesario para ejecutar una infraestructura pública puede ser objeto de expropiación si concurre el presupuesto legal y se sigue el procedimiento correspondiente.

DEPENDE DE

De la causa expropiandi, beneficiario, bien o derecho afectado, procedimiento, legislación sectorial y reglas de valoración aplicables.

OJO CON ESTO

No toda limitación, cesión obligatoria o redistribución urbanística es una expropiación.

Volver al diccionarioInformación general. En cuestiones legales, fiscales o técnicas, el resultado puede depender del caso concreto.