Impago de rentas
Falta de pago de la renta o de otras cantidades cuyo pago corresponde o ha sido asumido válidamente por el arrendatario.
QUÉ SIGNIFICA
En vivienda, la falta de pago de renta o cantidades debidas es causa de resolución para el arrendador conforme al artículo 27.2.a LAU. No supone por sí sola recuperación física automática del inmueble: si no hay entrega voluntaria, la recuperación de la posesión se articula mediante el procedimiento judicial de desahucio. La LEC regula además la posible enervación cuando concurren sus requisitos.
QUÉ NO ES / NO CONFUNDIR
No confundas causa de resolución contractual con ejecución material del lanzamiento.
CUÁNDO APARECE / CÓMO SE USA
Documenta renta y cantidades debidas, pagos, requerimientos y fecha de exigibilidad antes de calcular deuda o iniciar acciones.
REQUISITOS / REGLAS
LAU art. 27.2.a; LEC art. 22.4 para enervación y procedimiento de desahucio por falta de pago.
POR QUÉ TE IMPORTA
Permite separar deuda, resolución contractual, reclamación de cantidad, enervación y lanzamiento, que son cuestiones distintas.
EJEMPLO PRÁCTICO
Un mes impagado puede fundamentar una demanda de desahucio y reclamación, pero el arrendador no puede sustituir el procedimiento por recuperar unilateralmente la posesión.
DEPENDE DE
De qué cantidades se adeuden, exigibilidad, pagos parciales, requerimientos previos, posible enervación, vulnerabilidad procesal y prueba de la deuda.
OJO CON ESTO
Impago no equivale a desahucio automático ni toda deuda puede enervarse indefinidamente.
SUBCONCEPTOS
Mora
Retraso en el cumplimiento de una obligación de pago exigible; sus intereses y efectos dependen del contrato y la norma aplicable.
Requerimiento de pago
Comunicación al deudor reclamando cantidad vencida; para determinados efectos procesales importan forma, contenido y fechas acreditables.
Desahucio por falta de pago
Proceso judicial para recuperar posesión arrendaticia por incumplimiento de pago en supuestos legales; no autoriza desalojo privado ni corte de suministros.
Enervación del desahucio
Posibilidad legal de evitar la continuación de ciertos desahucios pagando o consignando lo debido dentro de los requisitos de la LEC; está sujeta a exclusiones y límites.
