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Novación hipotecaria

Modificación pactada de determinadas condiciones de un préstamo hipotecario con la misma entidad acreedora, formalizada cuando resulte necesario conforme a la normativa aplicable.

ÁmbitoEspaña · financiación hipotecaria; revisar oferta y contrato Revisado6 de octubre de 2026

QUÉ SIGNIFICA

La novación permite renegociar condiciones sin cambiar de acreedor. Puede afectar, entre otros extremos previstos legalmente, a capital, plazo, tipo de interés, sistema de amortización y determinadas garantías. No toda modificación produce los mismos gastos, efectos fiscales o registrales.

Si la novación está dentro del ámbito temporal/material de la Ley 5/2019, se aplican sus exigencias de información sobre los contenidos modificados.

QUÉ NO ES / NO CONFUNDIR

No es subrogación acreedora: en la novación continúa el mismo prestamista.

CUÁNDO APARECE / CÓMO SE USA

Durante la vida del préstamo para cambiar condiciones pactadas.

REQUISITOS / REGLAS

Requiere acuerdo con la entidad. La Ley 2/1994 regula determinados supuestos y bonificaciones; para novaciones posteriores a la entrada en vigor de la Ley 5/2019 se aplican deberes de información sobre lo modificado.

DOCUMENTACIÓN / CÓMO SE ACREDITA

Oferta/documentación precontractual aplicable y escritura de novación cuando proceda.

EFECTOS / CONSECUENCIAS

Cambia únicamente las condiciones acordadas; el resto permanece según el contrato y la escritura.

DIFERENCIAS CON CONCEPTOS PRÓXIMOS

Novación = misma entidad; subrogación acreedora = cambio de prestamista; préstamo nuevo + cancelación = operación distinta.

POR QUÉ TE IMPORTA

Permite mejorar o adaptar una hipoteca existente sin cancelar y constituir necesariamente un préstamo nuevo.

EJEMPLO PRÁCTICO

Un cliente negocia con su banco pasar de tipo variable a fijo y ampliar el plazo. Eso puede instrumentarse mediante novación si ambas partes lo acuerdan.

DEPENDE DE

De las modificaciones, fecha del contrato, escritura original, pacto con la entidad y normativa aplicable.

ERRORES FRECUENTES

Decir que cualquier cambio de una hipoteca es “subrogación” o que una novación siempre abarata costes.

OJO CON ESTO

La entidad no está obligada con carácter general a aceptar la modificación que propone el cliente.

Volver al diccionarioInformación general. En cuestiones legales, fiscales o técnicas, el resultado puede depender del caso concreto.