Arrendamiento
Contrato por el que una parte concede a otra el uso o disfrute temporal de una cosa —en KOKO, normalmente un inmueble— a cambio de un precio cierto; su régimen concreto depende del objeto y de la finalidad del uso.
QUÉ SIGNIFICA
“Arrendamiento” es la categoría contractual general. En inmuebles urbanos no basta con saber que existe un alquiler: hay que clasificarlo correctamente como vivienda, uso distinto de vivienda u otro supuesto sometido a reglas especiales. Esa clasificación cambia duración, prórrogas, fianza, cesión, gastos y otras obligaciones.
QUÉ NO ES / NO CONFUNDIR
No es sinónimo de arrendamiento de vivienda habitual ni implica automáticamente la aplicación íntegra del título II de la LAU.
CUÁNDO APARECE / CÓMO SE USA
Clasifica primero el destino real del inmueble y después revisa el régimen legal y contractual correspondiente.
DIFERENCIAS CON CONCEPTOS PRÓXIMOS
Arrendamiento es el género; arrendamiento de vivienda y arrendamiento para uso distinto de vivienda son categorías específicas de la LAU vigente a 7/10/2026.
POR QUÉ TE IMPORTA
Evita aplicar por inercia las reglas del alquiler de vivienda habitual a un local, una temporada, una habitación o un contrato excluido de la LAU.
EJEMPLO PRÁCTICO
Un piso destinado a residencia permanente y un local comercial pueden ser ambos arrendamientos, pero no tienen el mismo régimen legal.
DEPENDE DE
Del inmueble o derecho arrendado, destino real, fecha del contrato, identidad de las partes, pactos válidos y normativa especial que resulte aplicable.
OJO CON ESTO
La palabra “alquiler” no identifica por sí sola el régimen jurídico. Primero hay que determinar qué tipo de arrendamiento existe.
