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Mayorías en la comunidad

Reglas de doble cómputo de propietarios y cuotas de participación para adoptar acuerdos en junta, que varían según la materia.

ÁmbitoEspaña · LPH arts. 10, 15-17; en Cataluña CCCat 553-24 a 553-26. Corte 08/10/2026. Revisado8 de octubre de 2026

QUÉ SIGNIFICA

La LPH estatal diferencia unanimidad para ciertos cambios del título o estatutos fuera de supuestos especiales (art. 17.6), tres quintos para servicios comunes generales y turismo (17.3 y 17.12), un tercio para algunas instalaciones (17.1), mayorías específicas en accesibilidad y eficiencia (17.2), y mayoría general de propietarios y cuotas (17.7). En segunda convocatoria, la mayoría ordinaria se refiere a asistentes con más de la mitad de sus cuotas presentes. Existen reglas precisas sobre ausentes y voto presunto (17.8), propietarios sin voto por morosidad (15.2), convocatorias (16), actuaciones obligatorias (10) y ciertas mejoras con derecho de no repercusión (17.4). En Cataluña, los arts. 553-25 y 553-26 del CCCat sustituyen o matizan las reglas, no son porcentajes intercambiables.

QUÉ NO ES / NO CONFUNDIR

No es un simple porcentaje de asistentes común a todas las decisiones.

CUÁNDO APARECE / CÓMO SE USA

Diseñar convocatorias, redactar actas y verificar dobles mayorías, cómputos de ausentes, votos y cuotas.

DOCUMENTACIÓN / CÓMO SE ACREDITA

Orden del día, convocatoria, listado de propietarios y cuotas, acta con resultado nominativo, estatutos y documentación sobre morosidad.

POR QUÉ TE IMPORTA

El mismo resultado de votos puede ser suficiente para aprobar presupuesto ordinario e insuficiente para suprimir conserjería o autorizar una actividad turística; equivocarlo amenaza la validez del acuerdo.

EJEMPLO PRÁCTICO

Para aprobar el presupuesto ordinario se estudia el régimen general del art. 17.7 LPH; para eliminar portería se comprueba la mayoría específica de tres quintos de propietarios y cuotas. En Cataluña se recalcula según el CCCat.

DEPENDE DE

Objeto del acuerdo, texto vigente, título y estatutos, convocatoria, cuotas, situación de deudas, propietarios ausentes, derechos de disidentes y norma catalana si es aplicable.

ERRORES FRECUENTES

Contar sólo personas o sólo porcentajes; aplicar el 3/5 a toda obra; contar a morosos como votantes; tratar abstenciones o ausentes de igual modo en cualquier supuesto.

OJO CON ESTO

No existe una mayoría «siempre del 51 %»: materia, propietarios y cuotas, convocatoria, ausentes y régimen territorial alteran el umbral; obras legalmente obligatorias pueden no necesitar acuerdo previo de la junta para su exigibilidad.

SUBCONCEPTOS

Mayoría simple

En las decisiones sujetas al régimen general, doble mayoría de propietarios y cuotas; cambia la referencia entre primera y segunda convocatoria (LPH 17.7).

Mayoría cualificada

Mayoría reforzada definida para una decisión concreta, por ejemplo tres quintas partes de propietarios y cuotas para servicios generales LPH 17.3; no es una cifra universal.

Unanimidad

Voto unánime de los propietarios y cuotas exigible en determinados cambios estructurales del título o estatutos fuera de excepciones legales LPH 17.6.

Volver al diccionarioInformación general. En cuestiones legales, fiscales o técnicas, el resultado puede depender del caso concreto.