Insolvencia inminente
Estado del deudor que, conforme al artículo 2.3 TRLC, prevé que dentro de los tres meses siguientes no podrá cumplir regular y puntualmente sus obligaciones.
QUÉ SIGNIFICA
La insolvencia inminente anticipa el problema antes de que exista necesariamente incapacidad presente de pago. El horizonte legal es de tres meses y la previsión debe referirse a la capacidad de cumplir regular y puntualmente las obligaciones. Puede fundamentar la solicitud de concurso por el propio deudor y también permite utilizar herramientas preconcursales; no debe confundirse con la “probabilidad de insolvencia”, cuyo horizonte legal para reestructuración es de dos años.
QUÉ NO ES / NO CONFUNDIR
No es insolvencia actual ni probabilidad de insolvencia; tampoco implica que el concurso ya esté declarado.
CUÁNDO APARECE / CÓMO SE USA
Para anticipar decisiones de concurso voluntario o reestructuración cuando el deterioro esperado es próximo pero el deudor todavía puede estar atendiendo sus obligaciones.
REQUISITOS / REGLAS
La definición está en el art. 2.3 TRLC. El deudor puede fundar en insolvencia actual o inminente su solicitud de concurso conforme al art. 6 y puede comunicar negociaciones en los términos de los arts. 584-585.
DOCUMENTACIÓN / CÓMO SE ACREDITA
Presupuesto de tesorería; vencimientos a tres meses; acuerdos y líneas de financiación; previsiones de cobro; solicitudes concursales o comunicaciones de negociación.
EFECTOS / CONSECUENCIAS
Abre opciones preventivas y puede servir de presupuesto al concurso voluntario del deudor. No convierte por sí sola en vencidas las obligaciones ni equivale a declaración judicial de concurso.
DIFERENCIAS CON CONCEPTOS PRÓXIMOS
Inminente = horizonte legal de tres meses. Actual = incapacidad ya presente respecto de obligaciones exigibles. Probabilidad = horizonte de dos años para el marco de reestructuración preventiva.
POR QUÉ TE IMPORTA
Permite actuar antes del impago generalizado y evita mezclar una previsión cercana de incumplimiento con la insolvencia actual o con el umbral preventivo más amplio de reestructuración.
EJEMPLO PRÁCTICO
Una sociedad atiende hoy sus pagos, pero dentro de ocho semanas vence una financiación que no puede refinanciar y su tesorería proyectada será insuficiente para cumplir regular y puntualmente. Puede existir insolvencia inminente aunque todavía no haya mora generalizada.
DEPENDE DE
De previsiones razonables de caja, vencimientos próximos, financiación comprometida y realmente disponible, cobros previsibles y riesgos que puedan materializarse dentro del horizonte legal.
ERRORES FRECUENTES
Usar previsiones sin soporte; sumar todas las deudas sin mirar vencimientos; confundir una refinanciación difícil con imposibilidad legalmente relevante; o presentar como iguales los horizontes de tres meses y dos años.
OJO CON ESTO
No basta una posibilidad remota de tensión financiera. Tampoco debe utilizarse el horizonte de dos años de la probabilidad de insolvencia para afirmar insolvencia inminente.
