Mancomunidad
Denominación habitual de la coordinación o agrupación de varias comunidades de propietarios para gestionar elementos y servicios compartidos, cuyo régimen exacto depende de su constitución.
Entender este términoUna misma cuenta para guardar páginas, organizar tus viviendas y usar Match.
Derecho, compraventa, alquiler, hipotecas, urbanismo, construcción, materiales, energía, inversión y mercado. Conceptos conectados, explicados con contexto y fuentes cuando corresponde.


Denominación habitual de la coordinación o agrupación de varias comunidades de propietarios para gestionar elementos y servicios compartidos, cuyo régimen exacto depende de su constitución.
Entender este términoDocumento expedido en un procedimiento de ejecución que ordena al Registro practicar las cancelaciones derivadas de la realización forzosa en el alcance legalmente procedente.
Entender este términoMandato configurado como medida voluntaria de apoyo preventivo. No es sinónimo técnico de poder: el art. 262 CC extiende al mandato sin poder el régimen del capítulo de poderes y mandatos preventivos.
Entender este términoDeclaración contractual sobre las cargas y situaciones que afectan al inmueble; debe contrastarse con documentación objetiva y no sustituye una comprobación registral.
Entender este términoForma de publicidad por la que se permite consultar la parte necesaria de los libros del Registro bajo control del registrador y con las cautelas legales.
Entender este términoConjunto patrimonial del concurso integrado, con las exclusiones legales, por los bienes y derechos del concursado al declararse el concurso y por los que se reintegren o adquiera hasta su conclusión.
Entender este términoConjunto de créditos contra el deudor integrados de derecho en el concurso a la fecha de su declaración, salvo los que tengan la consideración de créditos contra la masa.
Entender este términoTenencia de animales de compañía en una vivienda arrendada; su tratamiento depende del contrato y de los límites legales sobre uso, daños, molestias y convivencia.
Entender este términoOriginal de una escritura o acta autorizado y conservado en el protocolo notarial, del que se expiden las copias correspondientes.
Entender este términoMayoría reforzada definida para una decisión concreta, por ejemplo tres quintas partes de propietarios y cuotas para servicios generales LPH 17.3; no es una cifra universal.
Entender este términoReglas de doble cómputo de propietarios y cuotas de participación para adoptar acuerdos en junta, que varían según la materia.
Entender este términoEn las decisiones sujetas al régimen general, doble mayoría de propietarios y cuotas; cambia la referencia entre primera y segunda convocatoria (LPH 17.7).
Entender este términoRégimen jurídico de ciertos elementos divisorios entre fincas colindantes —como paredes o cercas— con presunciones y reglas de gastos y uso.
Entender este términoInstrumento utilizado para satisfacer una cantidad —metálico, cheque, transferencia u otro medio— cuya identificación es obligatoria con especial detalle en determinadas escrituras inmobiliarias onerosas.
Entender este términoVías de negociación o intervención extrajudicial orientadas a intentar resolver un conflicto antes o al margen de un juicio.
Entender este términoActuación distinta de mera conservación cuya aprobación y efectos económicos dependen del tipo y mayorías del art. 17 LPH.
Entender este términoLicitador cuya postura resulta la mejor al cierre de una subasta conforme a sus reglas, sin que esa condición equivalga por sí sola a ser propietario o adjudicatario definitivo.
Entender este términoRetraso en el cumplimiento de una obligación de pago exigible; sus intereses y efectos dependen del contrato y la norma aplicable.
Entender este términoSituación de retraso o incumplimiento en el pago de obligaciones vencidas, analizada según el tipo de deuda, plazo y criterio aplicable.
Entender este términoPropietario con obligaciones comunitarias vencidas e impagadas, cuya situación puede afectar al voto, los intereses y la reclamación judicial.
Entender este términoPared divisoria sometida a un régimen de medianería cuando así resulte de título, presunción y demás prueba; es el elemento físico, no toda la institución jurídica.
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